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Por: CLAUDIA RODRIGUEZ DE CASTELLANOS
Una de las leyes que comenzará a regir a partir de este 2008 será el de la creación del sistema “ Factoring” en Colombia, gracias a una reforma del Código del Comercio que aprobamos el año anterior en el Congreso de la República.
Y el “factoring” no es otra cosa que la de dar el carácter de título-valor a las facturas que expidan los comerciantes en todo el territorio nacional.
Debe tenerse en cuenta, por otro lado, que “la estructura empresarial colombiana está conformada principalmente por microempresas y Pymes, las cuales en su conjunto son la principal fuente de empleo del país”, según lo señala el Conpes en el Documento N° 3484 de agosto 13 de 2007. Agrega el documento que entre las características más relevantes de las microempresas y las Pymes, se encuentra el limitado acceso al sector financiero. Para reducir las barreras de acceso al financiamiento, el gobierno nacional ha puesto a disposición de los empresarios 3 instrumentos de apoyo, como las líneas de redescuento y los productos financieros de Bancoldex; las Garantías ofrecidas por el Fondo Nacional de Garantías (FNG), y la política de la Banca de Oportunidades. Pero para fortalecer la financiación de las Pymes es que esta reforma al código y el impulso al “factoring” será determinante en su desarrollo a corto y mediano plazo.
Además, considero que uno de los mecanismos para desarrollar y masificar la herramienta del “factoring”, es el otorgamiento de la calidad de título-valor a las facturas comerciales, lo cual mejoraría indudablemente su circulación en el mercado.
Asimismo, el auge de las operaciones de “factoring” conducirá al ingreso al mercado de nuevos actores, entidades vigiladas por el gobierno y compañías especializadas en el mismo, con lo cual se reducirá el espacio para agiotistas y usureros, como los “gota a gota”.
Estas operaciones se utilizan de manera masiva en el resto del mundo. Los países líderes en “factoring” son Reino Unido (23.3% de participación en el 2005), Italia (10.9%), EE.UU. (9.23%), Francia (8.8%) y Japón (7.9%); le siguen España, Alemania, Holanda, Irlanda y, por último, Brasil. (Fuente: Factors Chain International).
Por eso, con esta reforma, actualizaremos la legislación comercial sobre títulos valores, extendiéndola a la totalidad de las facturas comerciales de bienes y servicios que cumplan con los requisitos legales; garantizaremos la negociabilidad de las mismas de manera segura y eficaz; disminuiremos la informalidad en el comercio y la evasión tributaria; abriremos espacios a nuevas formas de financiación para pequeños y medianos comerciantes y empresarios, que necesitan del apoyo estatal en Colombia. Senadora de la República |