Factor Group
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Enero 6 de 2009
 
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» Financiación con factura
Fuente: Mision Pyme

Lo que se busca con esta iniciativa, según el senador Gabriel Zapata, gestor de la Ley, es abrir un espacio para que todas esas micro, pequeñas y medianas empresas que no tienen fácil acceso al crédito bancario, puedan obtener financiación para incrementar su capital de trabajo a través de herramientas como el Factoring, opción que permite adelantar el pago de sus facturas superiores a 30 días a través de su venta a un tercero, con una tasa determinada de descuento.

Esta alternativa de financiación de corto plazo, popular en países  como Inglaterra, Italia, Francia, Estados Unidos, Chile y México, entre otros, es aún sub-utilizada en Colombia, básicamente por los problemas que existían con el  endoso de las facturas, ya que por no ser un título valor, sólo podían ser cobradas por un tercero (en este caso las empresas de factoring) si el deudor lo aceptaba.

“La nueva regulación plantea que la factura se considera irrevocablemente aceptada por el comprador si no se reclama en contra de su contenido dentro de los 10 días calendario a su recepción. Adicionalmente, el sólo hecho de que la factura contenga el endoso, el obligado deberá efectuar el pago al tenedor legítimo a su presentación”, asegura el senador.

Para David Wigoda, presidente de Factor Group una de las empresas más representativas de factoring del país y que cerró el 2007 con un volumen de cartera de US $126 millones, la  Ley de Factoring permitirá además combatir la evasión y la elusión, pues es un incentivo para que los empresarios facturen correctamente. “Esta nueva legislación abre además la puerta para que la reglamentación de la factura electrónica contemple que ésta también tenga el  carácter de título ejecutivo”, sostuvo

En países como Chile en donde el marco regulatorio ha facilitado las operaciones de factoring, el volumen de negocios a través de esta alternativa se ha cuadruplicado en los últimos tres años.

Beneficios de la Ley

• Facilita la circulación de las facturas como un  título valor permitiendo que las empresas se apalanquen en la capacidad de pago de sus clientes.

• El vendedor o prestador del servicio podrá emitir un original y dos copias de la factura. Si desea negociar la factura, utilizará el original.

• Las facturas podrán ser vendidas a una entidad financiera o empresa de factoring, sin necesidad de su aceptación expresa, con el sólo endoso de la misma.

• Toda factura quedará en firme dentro de los 10 días calendario   siguientes a la recepción de la mercancía o servicio y en caso de que el Pagador no se pronuncie.

• La persona que recibe la factura se presume facultada para aceptarla en nombre del comprador.

• Se establece que la transferencia o endoso de más de un original de la misma factura, constituirá delito contra el patrimonio económico.

• Todo pacto que limite, restrinja o prohíba la libre circulación de las facturas o su aceptación, se tendrá por no escrito.

• En ningún caso y por ninguna razón, podrá el deudor negarse al pago de la factura que presente un legítimo tenedor de la misma.

• La puesta en marcha de la ley 1231 combate métodos irregulares de financiación, lavado de activos y factoring de confianza que pueden poner en riesgo a las empresas y sus proveedores. A su vez mejorará la calidad de las facturas que se reciben y evitará la imposición de sanciones por descontar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, de aquellas facturas que no cumplan con los todos requisitos exigidos por la DIAN.

• Facilita la negociación de la  cartera de deudores y garantiza el cobro de todos ellos.

• Al negociar la cartera, la fuerza de ventas se concentra en su labor comercial y no en la de cobro.

• Proporciona protección en procesos inflacionarios al contar con el dinero de manera anticipada, con lo cual no se pierde poder adquisitivo.

• En el caso del comercio internacional, se cuenta con una forma de pago más competitiva.

• Entrega de la gestión de recaudo y cobro de la cartera a un profesional el factoring que la realiza.

• Permite el cobro ejecutivo de las deudas derivadas de facturas.

ABC del Factoring

Quiénes Intervienen


Proveedor: es la empresa, generalmente pyme, que endosa sus facturas con descuento a un tercero (factor) para que este asuma su cobranza. Así, no sólo logra optimizar su capital de trabajo, sino que cuenta con liquidez inmediata para sostener su proceso productivo.

Factor: son las entidades autorizadas para desarrollar operaciones de factoring que, después de analizar el riesgo de la factura y las posibilidades de pago del comprador, adquieren la factura (con un plazo máximo de 120 días para el pago), descontado el valor del costo financiero y, en algunos casos, un saldo de reserva que cubre los riesgos de la operación. (Saldo que debe ser reembolsado a la pyme cuando se efectúe el recaudo).

Comprador
: es la empresa, generalmente grande, cliente de la pyme que acepta el endoso de la factura para cancelar su valor a la compañía de factoring.

Tipos de factoring

Factoring con recursos: bajo este esquema, la entidad financiera asume el cobro y el Anticipo de las facturas cedidas por el proveedor, repitiendo contra este en caso del incumplimiento del comprador.

Factoring sin recursos:
aquí, el factor asume el cobro, la cobertura de riesgo por incumplimiento del comprador y el anticipo de las facturas endosadas por el   proveedor.

Factoring a  la vista:
la entidad financiera adelanta parte del pago según convenios relacionados con los anticipos y las tasas de interés, y luego completa el valor de la factura a su vencimiento.

Internacional:
se utiliza tanto para importaciones como exportaciones. En la  operación actúan dos factores, uno en cada país, asumiendo el papel de corresponsal del otro para desarrollar la operación de factoring. Los actores interactúan mediante acuerdos de mutua colaboración, generalmente dentro de grandes asociaciones internacionales conocidas como Cadenas de Factoring, las cuales regulan las normas de funcionamiento y arbitraje. La herramienta blinda a los proveedores contra los riesgos cambiarios.
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